26 de abril de 2024
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Fomento deberá indemnizar con 100.000 euros a un motorista accidentado que quedó impedido para hacer su trabajo

Fomento deberá indemnizar con 100.000 euros a un motorista accidentado que quedó impedido para hacer su trabajo

La Audiencia Nacional (AN) ha condenado al Ministerio de Fomento al abono de 100.000 euros en concepto de indemnización a un hombre de 35 años que, en el año 2000, sufrió un grave accidente de tráfico al perder el control de la motocicleta que conducía debido al rebaje hecho al rasante de la calzada en la travesía urbana de la N-340 a su paso por Almería para instalar una rejilla de alcantarilla.

La sentencia de la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-administrativo, a la que tuvo acceso Europa Press, considera que existe un nexo causal entre la situación de "mal estado y sin las debidas medidas de seguridad" en la que se encontraba el arcen a la altura del número 76 de la Carretera de Ronda de la capital y el siniestro que dejó a la víctima graves secuelas que derivaron en una declaración de incapacidad laboral permanente.

El Alto Tribunal rebaja, no obstante, la cantidad de 276.952 euros solicitada por daños por el demandante ya que estima que existieron "concausas" en el accidente, ya que, tal y como reconoció, "justo en el momento de rodar por encima de la rejilla, o inmediatamente antes, volvió la cabeza hacia atrás porque el espejo retrovisor no le facilitaba la correcta perspectiva de lo que tenía detrás al incorporarse a otra vía.

La Sala considera que el conductor, que en el momento del siniestro tenía 26 años, "no prestó la total y debida diligencia en el ejercicio de la conducción, ya que su vehículo -ahonda- tenía que encontrarse en las debidas condiciones reglamentarias para prestarle una conducción segura y eficaz", por lo que si miró hacia atrás, "las resultas de este acto no pueden imputarse a un tercero".

En esta línea, rechaza el argumento esgrimido por el Abogado del Estado, que alegó que la demanda se interpuso contra el Ministerio de Fomento en 2005 y, por tanto, habría de considerarse la reclamación prescrita ya que, según sostiene la AN, el actor estivo recibiendo tratamiento quirúrgico y rehabilitador para sanar de sus secuelas hasta un año después de que interpusiera la citada demanda.

Los hechos, que se remontan a las 09,00 horas del 19 de diciembre de 2000, se produjeron a la altura del número 76 de la N-340 en dirección Cádiz cuando la víctima circulaba por el arcén de la vía, una zona que el fallo describe como "una estrecha franja de riego asfáltico situada entre la calzada y la acera".

El hombre giró la cabeza para mirar hacía atrás justo en el momento en que la motocicleta rebasaba el enrejado de una alcantarilla que presentaba un rebaje de unos centímetros por debajo de la línea de rasante de la calzada y que ocupaba la totalidad del arcén. Una de las ruedas quedó encallada en el rebaje, lo que provocó que perdiese el control del vehículo e impactase de "forma muy violenta" contra un vehículo que se encontraba estacionado.

A consecuencia del golpe, el joven sufrió lesiones que precisaron un prolongado ingreso en el complejo hospitalario de Torrecárdenas de la capital. Un juzgado de lo Social declaró en 2003 una situación de invalidez en grado de incapacidad permanente para su ocupación habitual ya que las secuelas le dejaron limitaciones funcionales en las extremidades inferiores y la necesidad de usar muleta.

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