8 de mayo de 2024
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USO consigue anular la doble escala salarial en El Pozo

USO consigue anular la doble escala salarial en El Pozo

RRHH Digital. Ahora ha sido el turno de los trabajadores de Cárnicas El Pozo, donde el Juzgado de lo Social, por demanda de conflicto colectivo de la USO, ha declarado nula la doble escala salarial firmada por CCOO y UGT con la empresa  el 13 de mayo de 2009. Se trataba de  un acuerdo que ponía final a una huelga convocada, según el cual los trabajadores de nuevo ingreso en  un puesto no sometido a control cobrarían por su actividad un importe menor que los trabajadores que estuviesen trabajando en la empresa con anterioridad a la citada fecha.

El  Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, siguiendo la reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre la doble escala salarial, anula la misma por entender que “no existe elemento que legitime ese trato desigual en la remuneración, pues ambos colectivos (los ingresados antes y con posterioridad a mayo de 2009) realizarán las mismas tareas en las mismas condiciones y formas”.  Los trabajadores penalizados por ese acuerdo están percibiendo un 20% menos de prima que los de más antigüedad. 

“Con esta sentencia, el colectivo de trabajadores ingresados a partir del 13 de mayo de 2009 recuperará las cuantías económicas dejadas de percibir y se les restituirá su derecho de igualdad”, asegura José Vía, Secretario de Acción Sindical de USO.  Esta sentencia tiene un importante valor toda vez que en Cárnicas El Pozo, con una plantilla próxima  a los  3.000 trabajadores, ha estado inmersa en un proceso de nuevas incorporaciones, por lo que se estima que unos 250 trabajadores de nuevo ingreso se verán beneficiados.

Esta sentencia, además, tiene un efecto positivo sobre la estabilidad en el empleo, pues “esperamos que disuada a la empresa de rescindir contratos eventuales para volver a contratar con la intención de pagar un 20% menos y los transforme en indefinidos”, valora Vía.

La USO anima a todos los trabajadores y trabajadoras españoles que estén sufriendo la discriminación más o menos encubierta en aspectos económicos o sociales, consecuencia únicamente de la fecha de ingreso en la empresa a que contacte con el sindicato para conseguir su derecho de igualdad y erradicar la discriminación que padecen.

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