23 de julio de 2025

¿Puede un juez aumentar la indemnización tasada por despido improcedente? El Tribunal Supremo responde

El Tribunal Supremo acaba de pronunciarse nuevamente sobre una cuestión que ha generado mucho debate en los últimos años: ¿puede un juez incrementar la indemnización legal tasada por despido improcedente cuando considera que la cantidad legal es insuficiente? La respuesta es clara: no.

El caso analizado se inició con la declaración de improcedencia de un despido disciplinario, en la que el juzgado de lo social no solo le concedió la indemnización legal por despido improcedente (calculada según el Estatuto de los Trabajadores), sino que además le otorgó una cantidad adicional por «lucro cesante«, es decir, por el perjuicio económico sufrido hasta que encontró un nuevo empleo.

Sin embargo, la empresa recurrió y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña eliminó esa indemnización adicional.

El trabajador, disconforme, llevó el caso hasta el Tribunal Supremo, alegando que las normas internacionales –como el Convenio 158 de la OIT o la Carta Social Europea– exigen una indemnización “adecuada”, lo que podría justificar una indemnización mayor cuando la cuantía legal no resulte adecuada.

¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo?

La sentencia del Tribunal Supremo, en línea con otra sentencia previamente dictada, ha sido contundente: los jueces no pueden incrementar la indemnización más allá de lo que marca la ley española. Según el Supremo:

  • La indemnización por despido improcedente en España ya es “adecuada” porque así lo ha determinado el legislador. Aunque pueda parecer baja en algunos casos, es una cantidad tasada y uniforme que aporta seguridad jurídica.
  • Las normas internacionales aplicables no permiten a los jueces españoles fijar indemnizaciones superiores. El Supremo explica que el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT dejan en manos de cada país establecer qué se considera una indemnización adecuada. En España, esa regulación está en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Las decisiones de organismos internacionales, como el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), no son vinculantes para los jueces españoles. Estas decisiones pueden servir de orientación, pero no obligan a los tribunales a apartarse de la ley española.

¿Qué consecuencias tiene esta sentencia?

Con esta sentencia, el Tribunal Supremo zanja el debate y mantiene el sistema actual: en los despidos improcedentes la indemnización será siempre la prevista en la ley, salvo que haya otra cantidad pactada en el contrato o en el convenio colectivo.

No obstante, la sentencia que hemos analizado lanza numerosos mensajes al legislador para que, atendiendo a las recomendaciones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS), valore un cambio en la normativa que regula este tipo de indemnizaciones.

Se trata de una decisión que, por tanto, aporta seguridad jurídica tanto a empresas como a trabajadores, aunque también abre la puerta a que, si se quiere cambiar el sistema, sea el legislador quien deba modificar la ley.

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