8 de septiembre de 2025

Dietas en nómina: ¿cómo funcionan y en qué casos aplican?

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Cuando una empresa quiere cubrir gastos de comida de su equipo, hay dos herramientas muy utilizadas: tarjeta restaurante y dietas en nómina. Aunque ambas estén relacionadas con la alimentación, no son intercambiables. Cada una responde a situaciones diferentes y está regulada de manera específica. Conocer esta distinción evita errores fiscales y asegura que la compensación se gestione de forma correcta. En este artículo, junto a Coverflex, vamos a conocer todos los detalles de cómo funcionan las dietas en nómina.

Las dietas en nómina son indemnizaciones por gastos que la empresa paga cuando un trabajador se desplaza fuera de su centro habitual de trabajo. Cubren comidas, alojamiento o transporte y se consideran percepciones extrasalariales, no salario.

En 2025, las dietas están exentas de IRPF siempre que:

  • Sin pernocta: no superen los 26,67 €/día en España o 48,08 €/día en el extranjero.
  • Con pernocta: no superen los 53,34 €/día en España o 91,35 €/día en el extranjero.

Si se exceden estos importes o no hay justificación del desplazamiento, la parte sobrante tributa y cotiza como salario ordinario.

Esto significa que si la empresa abona dietas sin una justificación adecuada, la Agencia Tributaria podría considerarlo salario encubierto, aplicando impuestos y cotizaciones adicionales.

Tarjeta restaurante: bienestar y salario emocional dentro del plan de compensación

La tarjeta restaurante no es un sustituto de las dietas, sino una herramienta distinta dentro de la estrategia de compensación de la empresa. Forma parte de un plan de beneficios sociales diseñado para mejorar el bienestar del empleado y contribuir a su salario emocional.

Este beneficio permite al trabajador pagar comidas durante su jornada laboral con un límite exento de IRPF de hasta 11 €/día en días laborables. Además de la ventaja fiscal, aporta valor percibido: ayuda a que el equipo vea su compensación como un paquete más completo, flexible y alineado con la cultura corporativa. ‍

¿Cuándo corresponde cada opción? La elección no es libre. Depende de la situación:

Desplazamientos o viajes laborales → corresponde el pago de dietas, con sus límites y requisitos.
Comidas habituales en jornada laboral, sin desplazamiento → corresponde la tarjeta restaurante dentro del plan de beneficios sociales.
Ambas herramientas se complementan, pero no se pueden intercambiar para un mismo supuesto.

Fiscalidad: límites, exenciones y regímenes forales

En ambos casos, la normativa vigente en materia de fiscalidad es clave.
Las dietas están exentas de IRPF mientras se mantengan dentro de los importes fijados y se justifique el desplazamiento.

En cuanto a la tarjeta restaurante, el importe diario está exento hasta 11 €/día en días laborables, pero hay matices según el régimen tributario:

Régimen común (Agencia Tributaria estatal): exención hasta 11 €/día, exclusivamente para comidas en días laborables y siempre mediante tarjeta o vale autorizado.
País Vasco (Diputaciones Forales de Bizkaia, Gipuzkoa y Álava): se mantienen los 11 €/día, pero se exige que la empresa comunique en la nómina la cuantía mensual asignada y que el beneficio se entregue exclusivamente en formato tarjeta o sistema homologado.
Navarra: el límite exento es más restrictivo en la práctica. Aunque la normativa alinea el importe de exención con el régimen común (11 €/día), Hacienda Foral exige que exista control nominativo diario y que no se superen 220 € al mes, aun dentro de los 11 €/día.

Aplicar cada beneficio en su contexto: clave para la empresa y el empleado

Entender la diferencia evita confusiones y problemas con Hacienda. La tarjeta restaurante contribuye al bienestar y mejora la percepción salarial en el día a día, fortaleciendo la cultura y la propuesta de valor de la empresa.
Las dietas garantizan que los gastos por desplazamientos laborales estén correctamente compensados y exentos fiscalmente si se cumplen las condiciones.

Ambas, aplicadas correctamente, forman parte de un plan de compensación sólido que refuerza la satisfacción del empleado y la competitividad de la empresa.

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