22 de agosto de 2025

Nuevos permisos por nacimiento y parentalidad: todo lo que debe saber RRHH

nacimiento bebe trabajo

Con la publicación del Real Decreto-ley 2/2025, de 3 de agosto, por el que se amplían los derechos de conciliación familiar en cumplimiento de la Directiva Europea 2019/1158, se han modificado y ampliado los permisos laborales por nacimiento y cuidado del menor en España.

Estos cambios afectan directamente a los departamentos de recursos humanos, asesorías laborales, mutuas y gestorías, que deben estar actualizados para garantizar una correcta aplicación y evitar conflictos con sus trabajadores o clientes.

Este artículo ha sido elaborado en colaboración con PrestacionesporNacimiento.es, especialistas en la gestión de ayudas y permisos por nacimiento en España, con el objetivo de aportar una visión clara, técnica y práctica para profesionales de recursos humanos, asesorías laborales y gestorías. con un enfoque profesional, claro y actual.

Permiso por nacimiento: 17 semanas por progenitor

Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2025, cada progenitor tiene derecho a 17 semanas de permiso retribuido, distribuidas de la siguiente forma:

  • 6 semanas obligatorias inmediatamente posteriores al parto o adopción.
  • 11 semanas flexibles, que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 12 meses.

Este permiso es individual, intransferible y retribuido al 100% por el INSS. Si no se disfruta, se pierde.

Familias monoparentales: 28 semanas acumuladas

En el caso de las familias monoparentales, el progenitor tiene derecho a acumular los permisos de ambos, con un total de 28 semanas de permiso retribuido por nacimiento y cuidado del menor.

Este derecho se reconoce automáticamente cuando el menor solo tiene un progenitor legal inscrito en el momento del nacimiento.

Como justificación por parte del empleado, podrá presentar el Certificado Literal de Nacimiento obtenido en el Registro Civil correspondiente.

Nuevo permiso parental retribuido

Desde el 1 de enero de 2025, entra en vigor un permiso parental retribuido adicional, individual e intransferible:

  • Duración: 2 semanas por progenitor
  • 4 semanas en el caso de familias monoparentales
  • Aplicable a progenitores con hijos menores de 8 años
  • Disfrute flexible, pero en bloques semanales completos (múltiplos de 7 días), de forma similar al permiso por nacimiento
  • 100% retribuido por la Seguridad Social

Calendario de aplicación

Para nacimientos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025:

  • El permiso parental retribuido se podrá solicitar a partir del 1 de enero de 2026.

Para nacimientos a partir del 31 de julio de 2025 (inclusive):

  • El permiso parental retribuido podrá solicitarse desde el nacimiento.
  • Podrá acumularse con las semanas del permiso por nacimiento (17 o 28).

Permiso parental no retribuido: 8 semanas

Cada progenitor tiene derecho a un permiso parental no retribuido de 8 semanas para el cuidado de hijos/as menores de 8 años:

  • Se puede disfrutar en tramos o de forma continua
  • No requiere justificación, pero debe notificarse a la empresa con antelación
  • Puede combinarse con otros permisos si se gestiona correctamente

¿Cómo debe gestionar la empresa estos permisos?

Las empresas deben tener claro que tanto el permiso de nacimiento como el permiso parental retribuido se tramitan a través del Sistema RED, mediante la aplicación RECEMA (Remisión Electrónica de Comunicación de Inicio de la Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor). Recordatorio para RRHH:

  1. Acceso a Sistema RED > Servicios INSS
  2. Seleccionar RECEMA (prestación por nacimiento y cuidado del menor)
  3. Realizar la comunicación del inicio del permiso como hasta ahora
  4. Incluir las semanas correspondientes según la estructura familiar y el tipo de permiso

No se ha creado, por el momento, un procedimiento técnico nuevo para el permiso parental retribuido, por lo que se gestiona igual que el permiso de nacimiento, indicando el periodo de disfrute de forma individualizada para cada trabajador.

Es clave que las empresas estén formadas y actualizadas, ya que en muchos casos se están denegando semanas de permiso por simple desconocimiento del nuevo marco legal.

¿Cómo puede una empresa facilitar estos trámites a sus empleados?

Cada vez más empresas están optando por ofrecer como beneficio social el servicio de gestión integral de trámites por nacimiento.

Algunas ya han sustituido la clásica canastilla por la contratación de nuestros packs de tramitación.
Otras han firmado acuerdos de colaboración para ofrecer un código de descuento exclusivo para toda su plantilla.

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