9 de mayo de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Así son las nuevas ayudas para autónomos: descubre quién puede solicitarlas

Así son las nuevas ayudas para autónomos: descubre quién puede solicitarlas

La cuantía de la prestación será del 50% de la base reguladora, aumentando en un 20% por familia numerosa o por ser el único ingreso familiar y se reducirá al 40% si coinciden varios en una unidad familiar

Tras varios meses de negociaciones, por fin hay acuerdo entre el Gobierno y las organizaciones de autónomos para prorrogar las ayudas para los trabajadores por cuenta propia con el fin de mitigar los efectos de la pandemia en unos de los grupos más vulnerables del mercado laboral español. Las ayudas, que estarán disponibles a partir del 1 de octubre, se mantienen en forma con respecto a las que ya tuvieron entre abril y junio aunque se modifican numéricamente, con diferentes porcentajes y prestaciones.

¿Quién puede pedirlas?

A dichas ayudas, que procederemos a detallar a continuación, podrán acceder los autónomos cuya facturación caiga un 75%, aquellos con menos de un año de cotización siempre que sus ingresos no superen el SMI, los autónomos pluriempleados cuyos ingresos totales no superen en 2,5 veces el SMI o que se vean obligados a cerrar por «imperativo legal». Estas prestaciones no consumirán paro.

Cuantía de las prestaciones

Como decíamos antes, numéricamente sí que cambian las ayudas pactadas. Y es que la cuantía de la prestación sí será menor, ya que se reducirá desde el 70% de la base reguladora que se cobra actualmente al 50% -aumentará en un 20% por familia numerosa o por ser el único ingreso familiar y se reducirá al 40% si coinciden varios en una unidad familiar-. Además, si antes era sobre los ingresos que declarara cada autónomo ahora será sobre la base mínima, que es la misma para todos, ingrese y cotice lo que ingrese y cotice cada uno.

Para rematar, se prorroga hasta el 31 de enero el cese de actividad compatible con la reapertura que está en vigor desde julio.

Autónomos de temporada

En lo que respecta a los autónomos de temporada, Seguridad Social propone prorrogar la ayuda para lo que hayan trabajado al menos cuatro meses en junio a diciembre de 2018 y 2019 y no hayan sido dados de alta como trabajador por cuenta ajena más de 120 días entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de julio de 2020, ni entre marzo y mayo de sete año, no haber recibido ninguna prestación entre enero y junio de 2020 salvo que fuera compatible con ser autónomo, y no haber tenido en 2020 ingresos superiores a 23.275 euros.

Ayuda a 600.000 autónomos

Las asociaciones de autónomos se muestran satisfechas con el acuerdo. «Es un acuerdo importante, vamos a proteger prácticamente a 600.000 autónomos, que era nuestro objetivo, no dejar a ningún autónomo atrás» ha declarado Lorenzo Amor, presidente de la ATA.

Pese a ello, todavía reclaman algunas modificaciones en el acuerdo final, como la posibilidad de compatibilizar la prestación con un sueldo por un trabajo por cuenta ajena.

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Los lectores opinan

¿Qué acción sería más efectiva para mejorar la experiencia y compromiso del empleado?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...
Lo más leído

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital