6 de mayo de 2024
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Anac crea la primera comisión de agencias de colocación de empleo doméstico

Anac crea la primera comisión de agencias de colocación de empleo doméstico

La Asociación Nacional de Agencias de Colocación ha celebrado esta mañana en su sede estatal de Madrid, una asamblea extraordinaria de asociados con motivo de ampliar su junta directiva con representación de agencias de colocación del sector de empleo doméstico. El objetivo es crear la primera comisión nacional de agencias de colocación del sector de empleo doméstico que dé cuenta de las necesidades específicas de las agencias de esta naturaleza. A la junta directiva nacional se incorporan dos empresas del sector que se coordinarán con las distintas representaciones territoriales que la estructura de ANAC ya posee en Aragón, Cantabria, Euskadi y Castilla y León.

A lo largo del próximo año 2016 se establecerá una hoja de ruta específica para tratar con la administración laboral (Secretarías de Estado de Empleo y Seguridad Social) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con el fin de luchar contra el intrusismo sostenido de entidades del sector de empleo doméstico no autorizadas como agencias de colocación y trabajar en las necesidades de gestión integral con los empleadores que demandan las agencias de colocación intermediadoras en el sector.

Asimismo, se ha informado a los asociados de la elaboración de un informe anual que se presentará a la Secretaría de Estado de Empleo en Febrero de 2016 que recoja las necesidades y carencias que están teniendo los convenios de colaboración público- privada, con el objetivo de mejorar el próximo modelo de colaboración. En el informe se establecen los siguientes puntos básicos:

• La necesidad de transparencia en los datos de inserción de las agencias de colocación con convenio estatal y autonómico en la inserción de personas.

• La mejora integral del modelo de colaboración con agencias de colocación en el que se establezca de manera integral el trabajo de las agencias bajo un porcentaje de adscripción que no esté por debajo del 50% sobre los precios de licitación por persona insertada.

• Dotar de un mecanismo de auditoria de calidad evaluado a través de la satisfacción de los demandantes de empleo atendidos por las agencias de colocación tras los servicios prestados que sea vinculante a la retribución de dinero público que reciben las agencias de colocación.

• Abordar un procedimiento común, cuantificable e integral de las acciones de intermediación laboral: (orientación, formación, derivación) hasta llegar a la inserción que parta desde el SEPE hacia los S.R.E y que sea distribuido de manera homogénea en los convenios de colaboración con las agencias de colocación.

• Establecimiento de un marco regulador mediante la modificación del actual R.D 1796/2010 de los mecanismos de subcontratación entre agencias de colocación en dentro del procedimiento de los acuerdos de colaboración de tal modo que se establezca un marco de actuación común en la derivación de servicios a otras agencias de colocación por las tres funciones actualmente planteadas: cesión de instalaciones, subcontratación de acciones de prospección, subcontratación de acciones integrales de inserción.

 

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