RRHH Digital. Los contribuyentes con rentas iguales o superiores a 24.170,20 euros no podrán aplicarse la deducción por adquisición de vivienda habitual a partir de mañana, según contempla la Ley de Presupuestos de 2011, que también equipara el tratamiento de este beneficio fiscal con la deducción por alquiler de vivienda.
Así, sólo se podrán aplicar la deducción completa, el 15% de lo aportado hasta un límite de 9.040 euros, los que compren una vivienda el próximo año y tengan una base imponible de 17.707 euros. Para rentas superiores a esa cantidad y hasta los 24.000 euros, la deducción se va reduciendo progresivamente.
La limitación de la deducción tiene carácter general, aunque algunas autonomías han decidido mantenerla en su territorio, como Madrid, Navarra y País Vasco, y el cambio no afecta a los contribuyentes que en la actualidad se están aplicando la deducción por vivienda, independientemente de su nivel de renta.
Por otro lado, las rentas superiores a 120.000 euros tributarán al 44% a partir de mañana, un punto más que hasta ahora, mientras que las que superen los 175.000 euros tributarán al 45% (dos puntos más), tras la entrada en vigor de los cambios fiscales introducidos por el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2011.
Con la creación de dos nuevos tramos en renta, el Ejecutivo ha querido repartir los esfuerzos para superar el ajuste económico, con una subida fiscal a las rentas más altas del país, que afectará a unos 100.000 contribuyentes y aportará entre 170 y 200 millones a las arcas del Estado. De hecho, con esta medida el Gobierno pretende compensar la congelación de las pensiones y la bajada de sueldos a los funcionarios.
Tras esta modificación, el IRPF contará seis tramos distintos: del 24% para las rentas de entre 5.050 y 17.360 euros; del 28% para los ingresos de entre 17.360 y 32.360 euros; del 37% entre 32.360 y 52.360 euros; del 43% para los ingresos a partir de este importe y hasta 120.000 euros; del 44% para ingresos superiores a 120.000 euros y del 45% para las rentas que superen los 175.000 euros.
Dentro del IRPF, el Ejecutivo también ha modificado la tributación de las retribuciones plurianuales al fijar en 300.000 euros el límite de los rendimientos a los que se puede aplicar la reducción del 40%.
También entrará en vigor el 1 de enero la rebaja del Impuesto sobre Sociedades para las empresas de reducida dimensión (concepto que pasa de 8 a 10 millones de euros de facturación), que disfrutarán del tipo reducido del 25% hasta los 300.000 euros de beneficio, frente a los 120.000 euros actuales.
El nuevo límite del Impuesto de Sociedades también será de aplicación para las denominadas microempresas, que por tener una cuantía neta de cifra de negocios inferior a cinco millones de euros y una plantilla media inferior a 25 empleados, pueden acogerse a un tipo de gravamen del 20%.
Además, el beneficio fiscal perdurará durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se supere el nuevo umbral de 10 millones de euros, incluso en el supuesto de que dicho límite se sobrepase a resultas de una reestructuración empresarial, con la única restricción de que todas las entidades intervinientes en la misma estén dentro de dicho umbral.
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