Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha reconocido que la dolencia que sufría una funcionaria del Ayuntamiento de Carcaixent era una enfermedad profesional, y no común, como defendía el Consistorio en el recurso ahora desestimado.
La resolución entra ‘en los motivos por los que la funcionaria padecía un síndrome depresivo reactivo a estrés laboral, y da como hecho probado que la causa era el acoso al que estaba siendo sometida de forma implacable por su superior jerárquico, el capataz de la brigada municipal’, según CC.OO..
El juez ratifica que la incapacidad laboral de la funcionaria fue por ‘un accidente de trabajo, condenando a una mutua y al Ayuntamiento al abono de las consecuencias económicas’. Esta sentencia no es firme.
En el auto se refleja que la funcionaria denunció en el juzgado de Alzira en enero de 2005 ‘la actitud de acoso laboral a que se ve sometida por parte del capataz como consecuencia de no acceder a sus favores sexuales’. El procedimiento aún está en la Fiscalía.
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