18 de abril de 2024
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El impacto del COVID19 en materia de inmigración: situación actual y perspectivas de futuro

El impacto del COVID19 en materia de inmigración: situación actual y perspectivas de futuro

El COVID-19 ha revolucionado el mundo. Ya nada es como era hace unos meses y es posible que, incluso tras la vuelta a la ‘’normalidad’’, se mantengan muchos de los protocolos y procesos que hemos adoptado en estos meses, tal y como sucedió con los férreos controles en los aeropuertos tras los atentados del 11 de septiembre de 2001. Pero, sin duda, uno de los aspectos más afectados por esta crisis ha sido la movilidad internacional. Acostumbrados a un mundo globalizado donde las fronteras no eran impedimento para empezar una nueva vida al otro lado del mundo, el único problema era enfrentarse a la burocracia (situación que, por desgracia, no ha mejorado sino todo lo contrario). En este artículo, queremos hacer un breve comentario de las principales consecuencias que el COVID-19 ha tenido sobre los procesos migratorios en la Unión Europea y, especialmente, en España. 

1. Cierre de fronteras de la Unión Europea a terceros países

Recientemente se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la prórroga a la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea hasta el 30 de septiembre de 2020 y el listado de países a los cuales no se aplican estas restricciones, se ha mantenido inalterado. Desde su publicación, la idea era aumentar paulatinamente el número de países autorizados a traspasar nuestras fronteras, sin embargo, nada más lejos de la realidad, ha ido disminuyendo. Existen excepciones a estas restricciones tales como contar con un permiso de residencia y/o trabajo en la Unión Europea, estudiantes o personal diplomático, entre otras. Sin embargo, estas excepciones no incluyen, ni mucho menos, la situación de miles de ciudadanos a los que les invade la incertidumbre. 

Lo cierto es que no se conocen indicios de cuándo esta lista de países aumentara ni de cuando las restricciones dejarán de ser aplicables. ¿Volveremos a acercarnos mínimamente a la situación pre-COVID antes de finales de este año 2020?

2. Limitaciones en la contratación o movilidad internacional de trabajadores

Si bien la mayoría de las excepciones a las restricciones de entrada se aplican a personas que cuentan con un visado de trabajo, la realidad es que otras muchas situaciones se han quedado fuera de esta excepción. Todo ello sumado a la incertidumbre de las empresas y al impacto en su economía, que abogan por limitar la contratación de trabajadores extranjeros o los traslados intraempresariales. 

Como ejemplo, aquellos ciudadanos que han obtenido un permiso de residencia y trabajo por circunstancias de arraigo social con una oferta laboral. La normativa indica que, para poder completar el proceso y una vez que la solicitud haya sido concedida, el alta del trabajador debe realizarse en la misma empresa que presentó la oferta, sin excepciones (de lo contrario, debía iniciarse el procedimiento de nuevo). Sin embargo, muchos extranjeros se encuentran con que la empresa no puede contratarlos finalmente por problemas económicos o situaciones de ERTE que se mantienen. Por suerte, la Dirección General de Migraciones publicó en junio una instrucción que permitía, debido a la situación actual, un cambio de empleador tras la concesión del permiso. No sucede los mismo con los permisos de residencia y trabajo por cuenta ajena iniciales o los permisos de personal altamente cualificado, cuya efectividad inicial depende del alta en la empresa con la que se tramitó la solicitud.

3. Caducidad de los permisos de trabajo y visados por el COVID-19

En pleno confinamiento total de la población muchos permisos de residencia caducaron y las restricciones de movilidad no facilitaban la renovación de dichos permisos, especialmente para aquellos que no tuvieran acceso a los medios telemáticos. Lo mismo ocurrió con aquellos que, con un visado concedido en su país de origen para venir a residir y/o trabajar a España, se veían obligados a postponer su cambio de vida. ¿Qué pasó en estas situaciones? 

El 18 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la prórroga automática de aquellos permisos que hubiesen caducado durante el estado de alarma o tres meses antes. Dicha prórroga se encuentra en vigor hasta el 21 de diciembre, dando así un respiro a todos los extranjeros que se encontraban en esta situación. Como siempre, existen situaciones a las que no se les puede aplicar esta prórroga por no vencer sus permisos dentro de las fechas estipuladas, aunque sí cerca de ellas. Especialmente afectados por esta medida son los ciudadanos de aquellos países cuya entrada a países de la Unión Europea se encuentra ahora restringida y cuyos permisos de residencia vencieron justo después del estado de alarma, mientras se encontraban fuera del país. La normativa de extranjería indica que los permisos, de forma general, pueden renovarse dentro de los 60 días anteriores o los 90 días posteriores a su caducidad, pero estamos cerca de llegar al tercer mes desde que se levantó el estado de alarma y muchos de los titulares de permisos no han podido regresar a territorio español por lo que, irremediablemente y si no se regula nada al respecto, perderán su status de residentes y tendrán que comenzar el proceso desde el inicio. 

En cuanto a los visados, dependiendo del tipo, tenemos conocimiento de que muchos Consulados han facilitado una nueva expedición de estos. Sin embargo, otros muchos siguen aplicando medidas restrictivas, dejando sin opciones a sus nacionales que contaban ya con un visado concedido.

4. Presentación telemática en materia de extranjería

Quien haya tenido que lidiar alguna vez con la Administración en esta materia, sabe lo difícil que puede llegar a ser conseguir una cita para presentar una solicitud de permiso de residencia y/o trabajo. Durante el confinamiento todas las citas fueron anuladas por el cierre de las oficinas y, posteriormente, se han seguido cancelando otras muchas por razones de seguridad. Uno de los puntos favorables en esta materia durante esta situación ha sido la parcial telematización de la presentación de solicitudes. Así, durante el estado de alarma, permisos como la Tarjeta de Familiar de Comunitario, el Arraigo Social o el Permiso de Residencia y Trabajo, han podido solicitarse de forma telemática cuando su presentación siempre había sido de forma presencial. Tras la reapertura de las Oficinas de Extranjería, algunos de los procedimientos volvieron a exigir su presentación presencial, teniendo que lidiar nuevamente con un sistema de citas que obliga a estar pendiente constantemente para poder conseguir una, si bien es cierto que algunas comunidades como Madrid, han intentado facilitar este proceso mediante un nuevo sistema de obtención de citas.

5. Plazos en la resolución de trámites tras la reactivación de la actividad 

Otra traba a los procesos migratorios siempre han sido los tiempos de resolución. Tal es el colapso en la Administración que, especialmente estudiantes extranjeros, recibían la resolución de su prórroga cuando ya había transcurrido el plazo por el que se la otorgaban, debiendo solicitar una nueva prórroga inmediatamente después de recibir la concesión de la anterior. O el tiempo de resolución de algunos de los permisos de trabajo que, en comunidades como Madrid podía demorarse hasta 7 meses, lo que suponía que muchas empresas dejaran de contratar a trabajadores extranjeros por no poder realizar la contratación hasta la concesión del permiso varios meses después.

Es cierto que, especialmente las solicitudes que se presentan de forma telemática están siendo resueltas en menor tiempo que antes del estado de alarma, sin embargo, la disminución de los tiempos administrativos sigue siendo una prioridad si queremos mejorar el presente y el futuro de la movilidad internacional.

6. El futuro de la movilidad internacional 

Sin duda estamos viviendo una situación excepcional que nunca nos había tocado vivir y a los abogados especialistas en la materia, como muchos otros profesionales, no nos queda más remedio que ir adaptándonos a esta realidad cambiante. Cualquier escenario futuro de la movilidad no puede ser tratado si no como una mera suposición, pues lo cierto es que nada se sabe con seguridad.

¿Cuál es el futuro de todo esto? ¿Estamos lejos de volver a la movilidad internacional tal y como la conocíamos antes de la pandemia? Lo cierto es que ahora solo reina la incertidumbre.

El próximo 30 de septiembre ECIJA organizará un webinar donde trataremos estas y otras cuestiones sobre el presente y futuro de la movilidad internacional. Puedes solicitar tu inscripción en el siguiente enlace

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1 comentario en «El impacto del COVID19 en materia de inmigración: situación actual y perspectivas de futuro»

  1. Buen día.
    Estoy muy contento de haber encontrado su artículo. Todo es esencialmente conciso y sin exceso de agua. Entonces, yo, como representante de la industria del turismo, así como solo una persona con migrantes familiares, sentí todos los efectos negativos del virus. Sí, allá por principios de 2019, tomé un préstamo de https://prestamosrapidos24.online/prestamos-online/prestamos-rapidos-2000-euros/ para viajar un poco por el mundo y conocer a todos mis amigos. Pero mi idea fracasó y parte del dinero simplemente se desperdició: es una visa inválida perdida, boletos turísticos y reservas. Creo que muchas otras personas, no solo de España, sino de todo el mundo, se han enfrentado a una situación similar.
    Así que solo quiero preguntar: ¿cree que existe la posibilidad de que para el 2022 la situación fronteriza mejore y pueda volver a ver a mis seres queridos?
    Gracias.

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