29 de abril de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

Baja un 78% los contratos de formación

Baja un 78% los contratos de formación

Los contratos de formación han caído un 78% en España en lo que va de año, pasando de los 37.990 contratos registrados en el primer trimestre de 2015, a los 8.426 de este año. Es decir, que hay 29.564 contratos de formación menos que en el mismo periodo del año anterior. Por otro lado, estos contratos representan actualmente un 0,2% del total.

El motivo es por el cambio normativo que entró en vigor el 1 de enero de este año y que ha suprimido la formación a distancia (teleformación, con determinadas horas de formación presencial), que exige que los cursos permitan obtener un certificado de profesionalidad y obliga a las empresas a solicitar autorización al servicio público con un mes de anticipación.

Los contratos de formación permiten que los menores de 30 años se formen en su puesto de trabajo, obteniendo un certificado profesional mientras cobran un salario. La ley fija que el contratado debe dedicar el 25% de su jornada durante el primer año del contrato. En el segundo y tercer año ese porcentaje se recorta al 15% de su jornada.

Este tipo de contratos se habían convertido en una vía para que los jóvenes accedieran al mercado laboral, pero ahora, las trabas burocráticas impiden el acceso. De hecho, han sido una gran baza para reducir las altas tasas de paro registradas en España sumado al bajo nivel académico de la población (42%, y unos 10 millones de personas ni siquiera han terminado la ESO).

Para poder llevar a cabo una contratación de este tipo se exige una autorización previa del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal, el antiguo INEM) antes de poder formalizarse.

Restauración y dependientes 

Todas las tipologías sufren descenso en el número de contratos, ajustándose el grupo mayoritario, de 1 a 25 trabajadores, al descenso general del 77%. En cuanto a los dos grupos de ocupación principales en 2015, el de servicios de restauración y el de dependientes en tiendas y almacenes, en este año caen por encima de la media, un 83% y un 79%. Todos los sectores han visto reducidos el número de contrataciones, siendo el sector de laconstrucción el que ha sufrido una mayor reducción en este primer trimestre, del 87%. 

Entre 2012 y 2015, este tipo de contrato -que incluía cursos de formación a distancia y no exigía certificado de profesionalidad- tuvo un incremento del 196%.

En cuanto a comunidades autónomas, destaca el descenso de la comunidad valenciana con un 85%, que era la segunda comunidad en número de contratos en 2015, por detrás de Andalucía.

Patricia García, presidenta de la Asociación Española de Empresa de Formación para el Empleo (AECFE), asegura que «cualquier empresa que intente realizar contratos de formación se encontrará con dificultades para acceder a la información necesaria y con directrices cambiantes en la Administración, ya sea por ausencia de procedimientos internos o por falta de formación del personal responsable. Además, como la competencia sobre esta contratación es autonómica, no existe un único criterio en el Estado sino que puede ser diferente en cada comunidad, lo que da lugar a numerosas desigualdades». 

Además, añade que «a las empresas se les exigen requisitos que están al margen de la realidad del mercado laboral. Por ejemplo, tienen que comunicar el inicio de la formación a la Administración un mes antes de iniciarla, lo cual es incompatible con el ritmo normal de contratación, máxime si tenemos en cuenta que los sectores donde más se utiliza este tipo de contrato son la hostelería y el comercio». 

Asimismo, «la Administración suele tardar en contestar, con lo que todo el proceso se retrasa tanto que, en ocasiones, ya ha pasado la fecha de inicio del curso y la empresa se ve obligada a presentar una nueva solicitud ya que, debido a la dejadez administrativa, la anterior está obsoleta».

Por otro lado, la Administración está ajena al ritmo de las empresas. Por ejemplo, en la industria, los contratos van por turnos de mañana, tarde y noche, sin embargo, los contratos de formación sólo admiten la jornada matinal y muchos empresarios no están dispuestos a esto. En general, aunque las empresas de menos de 250 trabajadores tengan ventaja como no pagar cotizaciones a la Seguridad Social, hay empresas que no consideran el contrato de formación entre sus opciones. 

Tampoco hay demasiados centros acreditados por el SEPE para formar a estos trabajadores, lo que significa que tendrán que desplazarse y pagarlo, bien ellos o bien la empresa. 

Existen unos 450 certificados de profesionalidad y cubren entre el 70% y el 85% de las profesiones, pero en la teleformación sólo hay menos acreditados ante el SEPE y la mayoría cubren comercio, hostelería y administración. 

Flexibilizar y adecuar 

Desde AECFE, piden «flexibilizar y adecuar los procedimientos vinculados a la acreditación de los centros que imparten certificados de profesionalidad, establecer marco común en el proceso de formalización del contrato de formación y adecuar la normativa existente de este tipo de contrato para adecuarse a la realidad empresarial».

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Cuál crees que es la causa principal de la escasez de talento en las organizaciones?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital