29 de marzo de 2024
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Gestionar la crisis empresarial desde una perspectiva de continuidad

Gestionar la crisis empresarial desde una perspectiva de continuidad

Desafortunadamente, en nuestro país, más del 96% de los concursos acaban con la liquidación de la sociedad y eso es debido a que en la mayor parte de los casos,  la presentación de la solicitud de la declaración de concurso se realiza cuando la viabilidad de la empresa está absolutamente comprometida,  lo que además puede conllevar responsabilidades para el empresario,  de ahí la importancia de abordarse de forma preferente y con tiempo, un período preconcursal,  donde además el fondo de comercio de la empresa se va a perjudicar menos que acudiendo directamente al Concurso.

Nuestro empresa esta formada por profesionales con una gran experiencia en la gestión de compañías desde puestos directivos de primer nivel y en los últimos años hemos desarrollado un autentico expertise en la gestión de la crisis en empresas pertenecientes a múltiples sectores,  consiguiendo en muchos casos convenios anticipados sin tener que acudir al procedimiento concursal.

Haya o no que acudir al procedimiento concursal,  nos constituimos en interlocutores ante terceros: empleados y sindicatos, clientes, proveedores o acreedores, e incluso con la administración concursal si ha de llegarse al procedimiento concursal, en sustitución del empresario pero trabajando en estrecha colaboración con el mismo y planteando de una manera absolutamente profesional y objetiva las negociaciones, eliminando las “cargas emocionales” tan habituales en estos casos y que limitarían y dificultarían la capacidad negociadora del empresario.

Debemos recordar que la continuidad de la compañía vendrá determinada por la estrategia diseñada y dentro de ésta, por la forma en que la empresa va a gestionar sus principales recursos para la consecución de sus objetivos,  que deben conllevar la generación de rendimientos económicos suficientes y de una manera sostenida en el tiempo, para hacer frente a sus obligaciones convenidas, y la coherencia y solidez de nuestro planteamiento debe ser percibida por los acreedores de la sociedad.

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