19 de abril de 2024
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Nueva estructura orgánica del Ministerio de Trabajo

Nueva estructura orgánica del Ministerio de Trabajo

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Economía Social hasta el nivel de subdirección general, así como con la definición de las adscripciones y dependencias de los entes públicos en su ámbito.

Las principales novedades en este Real Decreto son las siguientes:

Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social

  • En la Dirección General de Trabajo la Subdirección General de Relaciones Laborales asume las funciones de la suprimida Subdirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas e Informes sobre Seguridad Social e Inmigración y Emigración.
  • La Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, sin cambios destacables.
  • También es una novedad destacable la adscripción a esta Secretaría de Estado de la Subdirección General de Estadística y Análisis Sociolaboral, que dependía del extinto Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

Subsecretaría de Trabajo y Economía Social

Esta Subsecretaría ha agrupado en aras de una mayor eficiencia algunas de sus Subdirecciones Generales:

  • Administración Financiera y de la Oficina Presupuestaria, (antes dos subdirecciones generales) la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección General de Servicios (antes dos subdirecciones generales) y mantiene la Oficialía Mayor y la Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. De este proceso resulta una supresión neta de dos subdirecciones.
  • La Secretaría General Técnica se organiza en las siguientes Subdirecciones Generales: la Vicesecretaría General Técnica, la Subdirección General de Relaciones Internacionales e Información Administrativa y la Subdirección General de Informes, Recursos y Publicaciones.

En este ámbito se produce en total una supresión neta de 4 Subdirecciones:

La Subdirección General de Informes, Recursos y Publicaciones, resulta de la agrupación de 3 Subdirecciones. Por tanto hay una supresión neta de 2 Subdirecciones.

Son suprimidas de modo neto, otras 2: La Subdirección General de Relaciones con las Comunidades Autónomas e Informes sobre Seguridad Social e Inmigración y Emigración y la Subdirección General de Informes Socioeconómicos y Documentación.

Asimismo, este Real Decreto normativo modifica el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre, por el que se establecía la estructura de las Consejerías de Empleo y Seguridad Social en el exterior y se regulaba su organización, funciones y provisión de puestos de trabajo.

En la misma se establece la adscripción orgánica de las Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el exterior a este Departamento y la dependencia funcional del Ministerio de Trabajo y Economía Social y del Ministerio de Inclusión, Migraciones y Seguridad Social. La necesaria coordinación se llevará a cabo a través de una Comisión Paritaria, a través de la incorporación de un nuevo artículo 2 bis en el Real Decreto 1052/2015, de 20 de noviembre.

En relación por último a los servicios comunes se prevé que en tanto que, por resolución conjunta de las Subsecretarías de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se arbitren las medidas para distribuir, las unidades y puestos de trabajo inferiores a Subdirección General, el Ministerio de Trabajo y Economía Social continuará prestando los servicios comunes al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Este desarrollo organizativo supone en términos netos la supresión de 6 Subdirecciones generales, todas ellas en el ámbito de la Subsecretaría.

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