25 de abril de 2024
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A 31 de diciembre, los contratos temporales se convierten en indefinidos

A 31 de diciembre, los contratos temporales se convierten en indefinidos

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el Real Decreto que fija la conversión a indefinidos de los contratos temporales, y que desarrolla las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015. Desde el 1 de enero, el conjunto de contratos temporales existentes, pasarán a ser fijos.

En el Real Decreto se regulan también los plazos máximos para llevar a cabo dicha conversión. La norma fijó, en todo caso, la garantía expresa de que los contratos serán cambiados desde el día 1 de enero de 2015.

La medida permite que las empresas o autónomos que quieran contratar un nuevo trabajador de forma estable sólo coticen a la Seguridad Social por contingencias comunes 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses.

La reducción supone un ahorro medio para el empleador de alrededor del 75% de la cotización por contingencias comunes, que se reducirá a 100 euros al mes (1.200 euros anuales). Esta medida, aplicada a un sueldo bruto anual de 20.000 euros, implica que el empleador se ahorrará 3.520 euros anuales de cotización a la Seguridad Social por cada empleo nuevo creado.

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