18 de abril de 2024
RRHHDigital - El periódico online referente en Recursos Humanos

¿Desaparecerá el burnout laboral con la vuelta a la oficina en septiembre?

¿Desaparecerá el burnout laboral con la vuelta a la oficina en septiembre?

Tras meses con el eterno debate de si los empleados deben seguir trabajando de forma remota o de forma presencial, septiembre está a la vuelta de la esquina y las empresas prevén un retorno masivo a las oficinas, mientras que terminan de perfilar las diferentes opciones y protocolos a seguir.

El trabajo híbrido se posiciona como el firme ganador en la mayoría de compañías, que optan por un modelo de 3 días presenciales y 2 en casa o viceversa. Pero no son solo las empresas, los empleados también apuestan por un modelo que les permita conciliar su vida personal y profesional, sin la necesidad de aislarse en casa. Por lo general, no les atrae la idea de realizar una jornada completa sin tener contacto con el resto de compañeros, mas que por correo electrónico o videollamada.

De hecho, los altos niveles de estrés laboral y desconexión, sumados a la incertidumbre de la situación, han hecho aumentar los casos de fatiga laboral crónica, también conocida como burnout.

Cómo se puede detectar el burnout o síndrome del trabajador quemado

La OMS ya ha reconocido este síndrome como una enfermedad, ya que es la antesala de otros muchos problemas relacionados con la salud física y mental.

Hablamos, por tanto, de un estrés crónico por parte del trabajador, que acaba sintiendo una sensación de agotamiento generalizado y prolongado en el tiempo, con altos niveles de ansiedad que suelen derivar en bajas laborales. A estas patologías también pueden sumarse otras como el sentimiento de poca realización personal y laboral, falta de motivación, irritabilidad, apatía, insomnio, dolor de cabeza, taquicardias, nerviosismo y pérdida de la concentración o un bajo rendimiento.

Podemos detectar burnout en todos los sectores y organizaciones, pero es más propenso a manifestarse cuando hay un ambiente laboral tenso y cuando hay una sobrecarga de tareas y poca flexibilidad y autonomía. Por supuesto, no son los únicos índices a tener en cuenta. Sin ir más lejos, la situación provocada por la COVID-19 hizo que los empleados tuvieran que realizar sus actividades laborales en el mismo lugar en el que hacíansu vida personal y familiar, cambiando la oficina por el salón de casa y pasando muchas horas delante de las pantallas. Como consecuencia de lo improvisado de todo esto, y de la falta de recursos en muchos casos, el cansancio, la poca desconexión y la difusa línea entre tiempo personal y laboralgeneraron ansiedad y problemas de conciliación que aún se siguen haciendo notar.

Cómo prevenir el burnout a nivel legislativo

Al margen de las necesarias medidas sociales, psicológicas y formativas por parte de las empresas para prevenir el estrés y la ansiedad laboral, si ponemos el foco en lalegislación, podemos comprobar como las leyes también están cambiando, ajustándose a la nueva realidad. Si hablamos de desconexión digital, en la legislación laboral española la primera vez que se habla de una regulación deforma claraes en la reciente regulación del teletrabajo, que acoge bajo su paraguas a todos los empleados que trabajan de forma remota, tanto si lo hacen de forma íntegra o con un modelo híbrido.

La ley del Trabajo a Distancia o teletrabajo indica que hay que limitar el tiempo de uso de todos los medios tecnológicos relacionados con el trabajo durante los períodos de descanso. Este punto es de suma importancia porque marca elinicio para una futura regulación más amplía sobre desconexión digital.La legislación laboral está supeditada en muchos casos por la legislación europea, y en Europa ya se legisla sobre desconexión digital per se. En España, aún es un apartado dentro de la ley de teletrabajopero ya marca aspectos tan necesarios de regular como los tiempos de desconexión: la disponibilidad de los empleados para atender llamadas, correos o gestiones propias del puesto de trabajo se encontrará dentro de las horas laborales pactadas y no fuera de estas.

Mantener una correcta higiene digital en el trabajo es posible

La solución para que este modelo de trabajo consiga implantarse de forma exitosa, pasa por una correcta gestión de los equipos: trabajar con un portal del empleado para agilizar los trámites de empleados y RRHH, centralizar la gestión documental para eliminar errores o pérdida de documentos, o medir el estado anímico y compromiso con encuestas de recursos humanos. Es imprescindible que los trabajadores se encuentren bien anímicamente, comprometidos con la empresa, motivados, y a la vez que mantengan una comunicación fluida con la organización y que dispongan de forma fácil y segura de su información como empleado. También se deben respetar, los acuerdos entre ambas partes en lo relacionado con la jornada laboral, las horas empleadas, la carga de trabajo y todas aquellas cuestiones pactadas con anterioridad.

La solución que optimizala gestión de personas con menor impacto en el día a día de tus empleados es VisualTime. La usabilidad de su app para la gestión del tiempo, las personas y el talento, permite reducir al mínimo no solo las gestiones entre empleado y RRHH, sino también las tareas de este mismo departamento y los managers. Además, la posibilidad de gestionar centralizada e íntegramente, fichas de empleado, control horario, bajas y vacaciones o comunicación interna y clima laboral, entre otras, minimiza las laboresrepetitivas de RR.HH para que esta área pueda dedicarse a los más importante, gestionar personas.

Sección patrocinada por

NOTICIAS RELACIONADAS

DEJA UNA RESPUESTA

Los comentarios están cerrados.

Lo más leído
Los lectores Opinan


¿Cómo transformará la IA el futuro del trabajo en el ámbito de los Recursos Humanos?

Ver los resultados

Cargando ... Cargando ...

Regístrate en el boletín de RRHHDigital

* indicates required
Opciones de Suscripción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, "LOPD"), EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., le informa de que los datos de carácter personal que nos ha proporcionado mediante la cumplimentación de cualquier formulario electrónico que aparece en nuestras Web Site, así como aquellos datos a los que EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. acceda como consecuencia de su navegación, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto, o de cualquier transacción u operación realizada a través de las Webs de nuestro grupo editorial EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL., serán recogidos en un fichero cuyo responsable es EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. provista de CIF B86103140 con domicilio a estos efectos en Calle Comandante Franco, 24 28016, Madrid. Con carácter general, los datos de carácter personal que nos proporcione serán utilizados para atender sus solicitudes de información, así como informarle sobre nuevas actividades, productos y servicios de EDICIONES DIGITALES SIGLO 21, SL. Aquí puede leer nuestro aviso legal y política de privacidad.
rrhhdigital